Ciudad Reynosa, Tamaulipas (www.elplaneta.mx).- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deberá otorgar y pagar pensión por incapacidad permanente y total derivado del riesgo de trabajo sufridos por un trabajador de Home Depot, ya que mediante la ejecutoria 346/2021, Magistrados Federales le negaron el amparo al órgano federal, en contra de la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Reynosa, por declarar desierta la prueba pericial medica al no emitir dictamen.
Luis Humberto Rodríguez Cantú, Secretario en funciones de Magistrado del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, determino que, de acuerdo al artículo 780 de la Ley Federal del Trabajo, existe la obligación al oferente de la prueba de proporcionar todos los elementos necesarios para su desahogo; de ahí que si el demandado ofreció la pericial médica para evidenciar la inexistencia de los padecimientos que afirmó tener la actora, y no obstante ello su propio perito no emitió el dictamen que le fue encomendado.
El dos de diciembre del 2020, la mencionada Junta, emitió el Laudo del juicio laboral 1531/2017, mediante el cual condeno al IMSS, al otorgamiento y pago de la pensión por incapacidad permanente y total derivado del riesgo de trabajo sufridos por el actor, debiéndose de otorgar dicha pensión a partir de la fecha de la presente resolución, el órgano federal recurre al juicio de amparo.
El trabajador, al estar tirando merma de sanitario y pegarle con el mazo brinca la cerámica y ocasiona herida en antebrazo derecho refiere dolor y a la exploración física, se concluye que tiene herida en antebrazo derecho, traumático, dolor y limitación funcional para el trabajo el cual desarrolla sus principales actividades en Home Depot, trabajaba en el área de embarques y garantías, descargaba los tráileres, todo lo cual relato el perito médico que el aporto para demostrar los hechos.
Luis Humberto Rodríguez Cantú, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, después de varias audiencias laborales, en las que el perito del IMSS no rindió el peritaje, medico; llegado el dieciocho de septiembre de dos mil dieciocho, señalado para la rendición del dictamen, compareció el perito del Instituto ante la junta del conocimiento, empero, el experto de trato no exhibió el dictamen que le fue requerido.
Este, de nuevo solicitó un término para rendir la pericial médica del caso; motivo por el cual la autoridad laboral en esta última fecha hizo efectivo al instituto demandado el apercibimiento de decretar la deserción de la prueba pericial médica, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo al IMSS.